El Responsable de Acceso a la Información Pública (RAI) está concebido en nuestro derecho adjetivo como la persona con amplios y comprobables conocimientos sobre la estructura, organización, misión, funciones, actividades, procesos, documentación e información general de su institución, así como sobre la legislación relacionada con el derecho de acceso a la información, y con dedicación exclusiva a las tareas encomendadas en la Ley General 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública. Como vemos es una figura de primer orden a los fines de garantizar el derecho humano fundamental de Acceso a la Información Pública
Por su lado José Luis Tesoro, en su conferencia “La Formación del Chief Información Officer (CIO) como líder de la transición informacional hacia el paradigma del gobierno abierto en Iberoamérica”, nos cuenta que el CIO Estatal debe constituirse en adalid del civismo informacionalpara contribuir al cumplimiento de los principios básicos del buen gobierno como “ aquel que busca y promueve el interés general, la participación ciudadana, la equidad, la inclusión social y la lucha contra la pobreza, respetando todos los derechos humanos, los valores y procedimientos de la democracia y el Estado de Derecho”.
El paradigma de gobierno abierto es el presente. La perspectiva cívica se constituye en un elemento fundamental en el mismo, su razón de ser, el RAI por su parte se convierte en el punto de unión entre gestión publica, tecnologías de la información y comunicación y participación ciudadana.
Entonces, llevando el concepto del CIO Estatal al ámbito de nuestro marco normativo en materia de Acceso a la Información Pública, nos encontramos frente a la figura del RAI y no preguntamos, de cara a la transición hacia el gobierno abierto: ¿Qué es lo que un Responsable de Acceso a la Información Pública debe saber?, ¿Qué competencias puede y debe adquirir?
Todo RAI, a los fines de hacer factible la consolidación de una cultura de transparencia y rendición de cuentas a través de la disponibilidad permanente de información de interés, debe contar con las siguientes competencias: 1. Liderazgo tecnológico, entendido este como atención a las redes y servicios esenciales de tecnologías de la información de cara al ciudadano; 2. Focalización sobre la información, entendida esta como la administración de la información y las políticas de transparencia y de protección de datos personales; 3. Visión integral e innovadora, entendida esta como la capacidad de adquirir una visión transversal del funcionamiento de las instituciones en relación a su entorno, los procesos centrales, su dinámica, los usuarios e interesados, los flujos de trabajo e información, capacidad de identificar lagunas o expectativas, oportunidades informacionales, comprender y apoyar las iniciativas transversales del conjunto de gobierno; 4. Capacidad de Interlocución, entendida esta tanto por la pertenencia a un estatus jerárquico de primer orden dentro de su institución como por la habilidad para generar tanto a lo interno como a lo externo espacios de diálogo, participación , capital social, sustentación y apoyo político.
El papel del RAI se está moviendo desde el servicio formal hacia la dimensión multidireccional. El RAI llegará a estar tan implicado con las vinculaciones intergubernamentales nacionales e internacionales como con el ciudadano.
Nos encontramos frente a un cambio cultural en la sociedad y en la gestión pública. El cual como tal, no ocurre de la noche a la mañana. Nos toca a nosotros establecer las condiciones en las que han de actuar las generaciones futuras, a través de acciones basadas en principios y valores éticos de cara a lo que realmente quiere y necesita la sociedad.